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17 de Diciembre: Día Internacional para poner fin a la violencia contra las trabajadoras sexuales

Por Denise Sanviti, Co-Coordinadora del Observatorio de Mujeres y Diversidades


Desde el año 2003, cada 17 de diciembre se celebra el Día Internacional para poner fin a la violencia contra las trabajadoras sexuales.

Esta efeméride surge en conmemoración a las víctimas de los crímenes violentos perpetrados por el asesino en serie Leon Ridgway, más conocido como 'El Asesino de Green River', entre los años ochenta y noventa en Seattle, Estados Unidos. En su confesión, afirmó haber matado a más de 49 trabajadoras sexuales y mujeres en situación vulnerable (después confesó que habían sido 71) con el objetivo de “purificar las calles” (Notimérica, 17 de diciembre de 2018; APDHA, 16 de diciembre de 2019; Día Internacional de, 17 de diciembre de 2020).



En un principio, este día fue concebido cómo un memorial y una vigilia hacia aquellas mujeres que perdieron la vida siendo víctimas de clientes y proxenetas (Notimérica, 17 de diciembre de 2018). Con el transcurso del tiempo, su razón de ser ha cambiado con el objeto de propiciar una voz a todas las trabajadoras sexuales que sufren todo tipo de violencias al momento de ejercer su trabajo (Día Internacional de, 17 de diciembre de 2020).

Año tras año, miles de mujeres a lo largo del mundo mueren ejerciendo su trabajo y sus asesinatos quedan impunes, enfrentándose a su vez a la discriminación y la estigmatización social (Notimérica, 17 de diciembre de 2018). Esta efeméride no se trata de debatir posturas, ni tampoco involucrar percepciones individuales, clasistas, morales, éticas ni mucho menos religiosas. Se trata de un día de lucha por la igualdad ante la ley, de acceso a la justicia, de una vida segura y sin violencias, del derecho humano de todo individuo de sentirse seguro, de ser respetado y de gozar de un entorno tolerable (Día Internacional de, 17 de diciembre de 2020).

En 2019, el Grupo de trabajo sexual de (N)O.M.A.D.A.S - Oficina de Migración y Atención a la Diversidad Afectivo-Sexual; convocó a la firma de un manifiesto mundial que enumeraba un listado de las VIOLENCIAS contra las trabajadoras sexuales, tales cómo: equiparar trata con prostitución, que quita la agencia política a las mujeres que ejercen el trabajo sexual; vincular “cualquier tipo de trabajo o intercambio económico sexual cómo violencia de género”; falta de inspecciones en clubes para prevenir la explotación laboral o situaciones de trata encubiertas; precarización, desvalorización y desprotección legal; desprotección a las personas trans que ejercen la prostitución por supervivencia o de una manera no deseada; tener que declararse víctima de trata como requisito fundamental para recibir protección o conservar unidad familiar; concebir a las trabajadoras sexuales como “grupo de riesgo”, lo cual conlleva prácticas sanitarias discriminatorias y estigmatizantes; propuestas institucionales y políticas públicas limitadas al “abandono” del trabajo sexual y no focalizadas en mitigar las violencias físicas y estructurales; altas tazas de criminalización, persecución policial y cobros de multas y coimas coercitivas por parte de agentes de seguridad para “permitir” el ejercicio del trabajo sexual en la vía pública; recursos insuficientes para atender a las víctimas de trata; complicidad entre proxenetas, agentes de seguridad y Estado; equiparar el trabajo sexual con la violación impide la realización de la denuncia en caso de que efectivamente exista una violencia sexual en el trabajo; entre muchas otras.

La lista de VIOLENCIAS enumera un total de más de 25 tipos, lo que permite visualizar la magnitud de las problemáticas que se enfrentas las trabajadoras sexuales, entre discriminación, estigmatización, criminalización, persecución e invisibilización.

Lamentablemente, la idiosincrasia actual aún esta arraigada en factores como “la moral, la salud, la libertad sexual, el patriarcado, los derechos humanos, los derechos de las mujeres, la discriminación, la violencia, entre otras” (Saucedo, s.f.; p. 35). Por tanto, y en palabras de Saucedo (s.f.), el debate se divide en pro trabajo sexual o anti prostitución. Estas divisiones estructurales de la opinión pública permean el diseño, la planificación y la ejecución de políticas públicas respecto al trabajo sexual. Son pocos los países que regulan efectivamente el trabajo sexual, mientras que la gran mayoría poseen normas que criminalizan tanto el consumo cómo la práctica.

Otra reflexión que nos invita Saucedo (s.f.) es si existe la posibilidad de “la aplicabilidad o no de regímenes jurídicos, fiscales o de cualquier otra índole; la existencia o no de derechos laborales; la implementación o no de medidas administrativas como los controles sanitarios, criterios de aceptabilidad; y sobre todo, la relación que el Estado, representado por sus autoridades e instituciones, debe tener frente a este fenómeno” (p. 36).

En suma, la académica agrega que el abordaje sobre esta temática debe ser encuadrado obligatoriamente por una perspectiva de género feminista ya que, “aunque existan datos que señalan que hay varones que ejercen también esta actividad, las estadísticas revelan fehacientemente que las mujeres son en su mayoría las personas que se dedican a la venta de estos servicios sexuales y los varones a la compra” (p. 36).

Pero estas estadísticas no contemplan el trabajo sexual cómo tal, es decir, la relación laboral-comercial de intercambio de servicios sexuales; sino que se concentra en la cruda problemática de la trata y explotación sexual.

Al respecto, uno de los últimos informes de la Organización Internacional del Trabajo (2017), revela que, “en 2016, 3,8 millones de adultos fueron víctimas de explotación sexual forzosa, y 1 millón de niños fueron víctimas de explotación sexual. La vasta mayoría de las víctimas (99 por ciento) fueron mujeres y niñas. Más de 7 de cada 10 víctimas fueron explotadas en la región de Asia y el Pacífico. Le siguieron la región de Europa y Asia Central (14 por ciento), África (8 por ciento), las Américas (4 por ciento) y los Estados Árabes (1 por ciento)” (p. 9).

En 2014, la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito advertía que “El delito de trata de personas afecta a prácticamente todos los países de todas las regiones del mundo. Entre 2010 y 2012 se identificaron víctimas de 152 nacionalidades diferentes en 124 países de todo el mundo” (p. 3). Esto indica que es una problemática transregional y “las estadísticas muestran una correlación entre la riqueza (PIB) del país de destino y la proporción de las víctimas de la trata trasladadas allí desde otras regiones. Los países más ricos atraen a víctimas de diferentes orígenes, incluso de otros continentes, mientras que en países menos prósperos se observan principalmente corrientes de trata nacionales o subregionales” (p. 3).

Por lo expuesto, los datos sobre la trata de personas y la explotación sexual son accesibles. Sin embargo, cuando se trata del trabajo sexual, la historia cambia. Esta deficiencia estadística no permite visualizar concretamente la realidad que viven las trabajadoras sexuales. En consecuencia, las brechas de información (que también constituyen un tipo de violencia institucional) responden a una omisión que el Estado incurre para no regular una actividad que está por fuera de los convenios de trabajo, los derechos laborales y los estándares morales modernos.

Para superar las limitaciones sostenidas en la criminalización, persecución e invisibilización, este día invita a replantear, desde un marco de regulación laboral, “la idea de la trabajadora se encuentra estrechamente vinculada con el movimiento internacional de los Derechos Humanos” y que no debe hablarse de prostitución, sino de comercio sexual (Saucedo, s.f.). En definitiva, “el trabajo sexual es un trabajo. Esta sencilla pero poderosa declaración enmarca a las personas que ejercen el trabajo sexual no como delincuentes, víctimas, vectores de enfermedades o pecadoras, sino como trabajadoras (NSWP, 2021; p. 2).


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